Un grupo de vecinos de Mar del Plata se movilizó para echar del edificio en el que trabajaba el excura Picciochi, condenado por abusar de Sebastián Cuattromo en su infancia. Agrupaciones de sobrevivientes de abuso sexual piden que haya trabajos vedados para estos casos. ¿Es posible?
Sebastián Cuattromo fundó junto a su actual pareja, Silvia Piceda, la asociación “Adultxs por los derechos de la infancia”, para poder visibilizar en la sociedad estos hechos de abuso y generar un encuentro solidario entre pares. Comparten sus testimonios de dolor, lucha y esperanza, con la idea de contribuir a generar sensibilización y compromiso a favor de los derechos de la infancia.
“Hay algo que vemos desde la asociación y también en lo personal: es esperanzador cómo crece la conciencia colectiva, el compromiso adulto y la visibilización de los medios en los casos de abuso. Es muy claro que Picciochi no podía trabajar como encargado de un edificio, ya que eso significaba estar muy cerca de menores que vivían allí”, explicó Sebastián Cuattromo.
Aunque Sebastián recién pudo contar el abuso que sufrió a los 13 años cuando iba al Colegio Marianista del barrio de Caballito diez años después, cuenta que ahora vive con total felicidad poder hablar del tema y ayudar a demás víctimas o familiares de víctimas.
Luego de cumplir una condena, la reinserción laboral es una de las tareas más complejas de llevar a la realidad. ¿Qué pasa cuando un abusador queda en libertad? ¿El empleador tiene la obligación de juzgar sus antecedentes? ¿Es posible que haya trabajos vedados?
El exjuez de Cámara Federal y autor del libro “Abuso sexual infantil. ¿Denunciar o Silenciar?”, Carlos Rozanski, explicó: “En el caso de la condena cumplida el sistema legal argentino no permite que a una persona, una vez cumplida su pena, se le apliquen restricciones. En términos simples, su deuda la pagó, la pena está cumplida, cualquier restricción sería discriminatoria. No se puede saber si esa persona es, o no, peligrosa, pero sí su pena la cumplió”.
“Este tipo de delitos tienen un máximo de 20 años, hay tiempo mas que suficiente para que esta persona no sea peligrosa cuando salga”, remarcó Rozanski, quien además dejó en claro que son los jueces los encargados de aplicar las condenas correctas y ejemplificó: “Hace poco, salió un fallo en Comodoro Rivadavia en el que el tribunal le aplicó siete años de prisión a un señor que cometió distintos tipos de abusos sexuales gravemente ultrajantes contra la hija de su pareja, no tiene ninguna relación la pena con el delito del que se lo encontró culpable, es indefendible esa pena con dicha acusación. A esos jueces deberían echarlos”.
Lo cierto es que por ley, no hay trabajos que puedan ser vedados, pero sí el empleador tiene la potestad de evaluar y decidir si emplear, o no, a determinada persona.